jueves, 18 de diciembre de 2008

Posesión & Consumo De Drogas


Si un menor consume drogas en la vía pública, el oficial del cuerpo correspondiente (Guardia Civil o Policía local) realiza la correspondiente denuncia, confiscación de la droga y le multa con como mínimo 300 euros, tras lo cual se les avisa a sus padres o tutores legales. Si el consumo es realizado en una propiedad privada, tan solo se puede denunciar si es denunciado por los vecinos y por tanto hay una intervención policial o civil.


Si una persona mayor de 18años consume drogas o tiene en su poder pequeñas cantidades destinadas al autoconsumo no figuran como actos delictivos en el Código Penal. Por lo tanto, nadie puede ser condenado a prisión o a cualquier otra pena privativa de libertad (arresto domiciliario, libertad vigilada, etc.) por consumir drogas o por tener pequeñas cantidades para su propio consumo.

Sin embargo, cuando el consumo o la tenencia destinada al autoconsumo se producen en un lugar público, constituyen infracciones administrativas según la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana (Ley Corcuera) y conllevan la imposición de una multa.

Las multas de la Ley Corcuera por tenencia o consumo en lugares públicos pueden ir desde los 300 hasta los 30.050 euros, aunque en la práctica suelen pedirse entre los 300 y los 600 euros. Además, en determinadas circunstancias puede producirse la retirada del carnet de conducir o del permiso de armas. La policía siempre tendría que proceder a la confiscación de las sustancias psicoactivas que han provocado la multa.

Estas multas son a todos los efectos como las de tráfico, es decir, no conllevan más que una sanción económica: no se va a la cárcel por no pagarlas, no se es excluido de una oposición por haber sido multado, ni se sufre ninguna otra penalización de cualquier otro tipo más allá de las apuntadas (sanción económica y posible retirada del carnet o del permiso de armas).

Cuando la posesión de drogas es de una cantidad mayor a la destinada para el autoconsumo, se realizan los pasos sucedidos cuando se da en pequeñas cantidades pero se les añaden posibles imputaciones por cargos de tráfico de drogas y otros más relacionados, con cultivación (si se encuentra en una propiedad privada sitios de cultivo)... esto nos dicta tener que esperar a un juicio o directamente de 3 a 9 años de cárcel.

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